Beneficios fiscales

Todas las donaciones a favor de ASPEm son fiscalmente deducibles o desgravables

Beneficios fiscales para empresas y particulares.

ASPEm es una ONG (Organización No Gubernamental) según la ley n. 49/87 y una Onlus (Organización sin fines de lucro de utilidad social) según el decreto legislativo n. 460/97. Las donaciones que recibimos son fiscalmente deducibles o desgravables de acuerdo con los límites establecidos por la ley.
La deducción reduce el ingreso sobre el cual se calcula el impuesto, mientras que la desgravación reduce directamente el monto de los impuestos a pagar.

Pueden beneficiarse de las ventajas fiscales las donaciones realizadas mediante transferencia bancaria, tarjetas de crédito y débito, tarjetas prepagadas, pago a través de cuenta corriente postal (con giro), cheque bancario o circular. De este modo, la transacción es trazable.

Para recibir el certificado de donación, al momento de realizar la transacción, indica en el concepto del pago tu nombre, apellido, dirección, número de casa, código postal, ciudad y correo electrónico al cual enviar la recibo.

Beneficios fiscales por las donaciones.

Para las empresas2024-08-04T18:15:22+02:00

A las donaciones en dinero y bienes realizadas por empresas o entidaddes no comerciales se les aplica la deducibilidad hasta un máximo del 10% de la renta total declarada, sin límites absolutos. (art. 83 comma 2 del D.Lgs. 117/2017 ).

El posible excedente puede ser computado por la empresa donante como un aumento del monto deducible, hasta el cuarto período fiscal posterior a la primera declaración.
Para particulares2024-08-04T18:14:43+02:00

Desde 2018, las donaciones en dinero de personas físicas son deducibles en un 30% hasta un máximo de 30.000 euros (art. 83 comma 1 del D.Lgs. 117/2017 )

en alternativa

es deducible dentro del 10% de la renta total declarada (art. 83 comma 2 del D.Lgs. 117/2017 )

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